Consulta previa a Ayuntamientos sobre las actuaciones del Plan Oportúnidades Región de Murcia (código 669) (SIA 3110413)

Información Básica

Objeto:

Periodo de consulta previa para la concesión directa de subvenciones a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para el desarrollo de las actuaciones contempladas en el Plan Oportúnidades Región de Murcia.

Información de Interés

La consulta se realiza sobre las actuaciones del plan que se detallan a continuación:

  • Ayudas para la realización de cursos de monitor de ocio y tiempo libre.
  • Ayudas para la realización de actividades de ocio y diversidad.
  • Ayudas para la creación de un espacio joven dotado de psicólogos profesionales para la promoción y prevención de la salud mental de los jóvenes.
  • Ayudas encaminadas a la mejora de los albergues municipales juveniles de la Región de Murcia para la realización de actividades juveniles, con la finalidad del impulso de los mismos.

Destinatarios:

Administración.

Ayuntamientos de la Región de Murcia

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14036693)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Sujeto a convocatoria.

Requisitos posteriores

Sujeto a convocatoria.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PLAN DE OPORTÚNIDADES REGIÓN DE MURCIA
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
“El interesado debe optar entre interponer el recurso de reposición o el contencioso administrativo, no pudiendo simultanear ambos recursos. Si opta por interponer el de Reposición: 1º.- El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna. 2º.- El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, se produzca el acto presunto. 3º.- Contra la resolución de este recurso no se podrá interponer de nuevo dicho recurso. Tampoco se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. 4º.- En el siguiente enlace encontrará información sobre el funcionamiento del recurso potestativo de reposición en la Administración Regional: https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1494&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288 Si decide interponer directamente el recurso contencioso administrativo: El plazo máximo para su presentación de será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución objeto de recurso. Si no se notificara resolución expresa, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la resolución presunta de la solicitud presentada.

Normativa

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