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Transferencia de máquinas recreativas (código 67) (SIA 206535)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Autorizar la transferencia de máquinas recreativas.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y ADMINISTRACIÓN DIGITAL
AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14036667)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

No se autorizará la transmisión de la titularidad de las máquinas recreativas con deudas pendientes por tasa fiscal sobre el juego, salvo que el adquirente aporte las garantías para su pago que establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación 939/2005, de 29 de julio.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Transferencia de máquinas recreativas
  • Autorización
    (No obligatorio / No original)
    Ejemplares de la guía de circulación.
  • Contrato de compraventa
    (No obligatorio / No original)
    Título acreditativo de la transmisión.
  • Boletín de situación
    (No obligatorio / No original)
    Boletín de situación, en su caso.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación de representación (escritura de apoderamiento o cualquier otro medio admitido en derecho) en caso de actuar por medio de representante.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar Información sobre tasas abonar

La autoliquidación de la Tasa administrativa T310, por actuaciones administrativas sobre apuestas y juegos de suerte, envite o azar, necesaria para la obtención, renovación y modificación de autorizaciones, diligenciado y expedición de documentos está integrada entre las diferentes fases del formulario especifico, por lo tanto, no es necesario obtener la carta de pago e incorporarla como anexo.

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