Por tareas de mantenimiento, entre las 08:00 y las 08:45 horas del día 17/12/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, Parque Móvil Regional, Educación y formularios genéricos de esta sede podrán estar temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Subvencionar actividades que difundan y fomenten la Economía Social, tales como campañas, edición de publicaciones, jornadas, seminarios, encuentros u otras actividades de naturaleza análoga.
Organizaciones Empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial.
DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS Y ECONOMÍA SOCIAL (A14046234)
Estar inscritas en el Registro de Coooperativas o en el Registro de Asociaciones Empresariales.
Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicadas en la misma.
No estar incursa en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
Los solicitantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con Hacienda Pública del Estado y con sus obligaciones con la Seguridad Social.
Las acciones subvencionadas deberán desarrollarse y realizarse su gasto en el periodo comprendido entre los días 1 de enero y 31 de diciembre del año 2020, ambos incluidos.
Para las actividades realizadas y pagadas entre el día 1 de enero del año 2020 y día de entrada en vigor de esta convocatoria, junto a su solicitud deberá acompañar la justificación de la misma con los documentos electrónicos originales, o en su caso la digitalización en formato PDF de documentos originales en soporte papel, y una declaración responsable de la autenticidad de los mismos, indicados en el apartado 4 del artículo 27 de la Orden de convocatoria de subvenciones para programas de fomento de la economía social para el año 2020.
Para aquellas actividades que no hayan finalizado a la entrada en vigor de la Convocatoria, o estén por realizar, si el pago de la subvención se realiza en el año 2020, la documentación se presentará en los dos primeros meses del ejercicio siguiente, en caso contrario el plazo de dos meses se contará a partir de la fecha de pago.
Incorporar en todas la manifestaciones de promoción y difusión, de la actividades objeto de ayuda, que éstas están subvencionadas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |