Subvencionar la asistencia técnica prestada a las sociedades cooperativas y sociedades laborales para su constitución, siempre que se solicite su inscripción en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,a partir del día 1 de octubre de 2024 y como máximo hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La asistencia técnica deberá consistir en un Informe que deberá ir firmado electrónicamente por la organización que presta la asistencia y por los socios constituyentes, con fecha anterior a la formalización de la escritura de constitución de la sociedad, donde se refleje:
a) Que la empresa ha sido informada de las obligaciones jurídicas, tributarias y administrativas que supone la constitución de la sociedad.
b) Plan de Empresa.
Organizaciones Empresariales de Economía Social.
DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS Y ECONOMÍA SOCIAL (A14046234)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |