Conceder autorización para llevar a cabo las siguientes actuaciones en Espacios Naturales Protegidos:
1- Pesca en Parque Regional de Calblanque. (PLAZO DE SOLICITUD: ENERO Y FEBRERO)
2- Recolección o aprovechamiento tradicional de determinadas especies vegetales y animales dentro de los Espacios Protegidos de la Región de Murcia.
De conformidad con la Ley 4/1989 de 27 de Marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia, el PORN podrá limitar de forma justificada los usos y actividades efectuados dentro de su ámbito, en función de la conservación de los valores naturales existentes en el mismo. En consecuencia se recogen en el presente Plan, las actuaciones que se someten a autorización o informe, preceptivo y vinculante, de la Consejería competente en materia de medio ambiente. La no obtención de autorización impide la realización de cualquier actividad, proyecto o actuación, pero su obtención no exime ni prejuzga el cumplimiento de otra normativa sectorial aplicable o la necesidad de otorgamiento de otras licencias o autorizaciones.
NOTA: UTILIZAR EL MODELO DE SOLICITUD QUE SE AJUSTE A SU PETICIÓN, QUE SE PUEDE ENCONTRAR EN Presentación Solicitudes.
En el caso de PESCA EN CALBLANQUE, la solicitud debe hacerse en los dos primeros meses del año.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)
Tener la condición de interesado en la actividad y aportar la información y documentación exigida.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A MEDIO AMB,MAR MENOR,UNIVER E I |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |