Según lo establecido en el Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos, a partir del 21 de mayo de 2026, la tramitación de los diferentes traslados de residuos entre paises de la Union Europea, se tramitará de manera totalmente electronica mediante la apliacación DIWASS (aplicación realizada por la Comisión de la UE).
Este procedimiento se usará como parte del proceso de acreditación de inscripción en DIWASS como figuras (operadores, notificadores, transportistas, gestores) que intervienen en los traslados de resiudos
Según lo establecido en el Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos, a partir del 21 de mayo de 2026, la tramitación de los diferentes traslados de residuos entre paises de la Union Europea, se tramitará de manera totalmente electronica mediante la apliacación DIWASS (aplicación realizada por la Comisión de la UE).
Este procedimiento se usará como parte del proceso de acreditación de inscripción en DIWASS como figuras (operadores, notificadores, transportistas, gestores) que intervienen en los traslados de resiudos.
De esta forma, para dar de alta operadores en DIWASS, en primer debéis entrar y daos de alta vosotros tal y como se indica en los videotutoriales (enlace) y el acuerdo de la comisión de residuos que se adjunta como información en este procedimiento CARM. Posteriormente, debéis presentar un escrito por este procedimiento de CARM 7183, en el que describáis la inscripción en DIWASS que habéis realizado, solicitando su validación y adjuntando los poderes de representación del operador a inscribir.
Enlace de los video tutoriales DIWASS
https://webgate.ec.europa.eu/imsoc-guide/tracesnt-help/Content/en/documents-certificates/diwass/operators.html
Tambien se usará este procedimiento, para en su caso, la aportación de las tasas de tramitación, el resto de documentación se aportará en DIWASS incluidos los justificantes de constitución de fianza, en su caso.
Productor o poseedor de residuos que pretendan el traslado transfronterizo de los mismos hacia países de la Unión Europea, especificados en los anexos del Reglamento (CE) Nº 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos, cuando su destino sea la eliminación o realización de operaciones de valorización que necesiten de autorización previa.
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Disponer de fianza o seguro equivalente con arreglo a lo dispuesto en el art. 6 del Reglamento 1013/2006 CEE, relativo a los traslados de residuos.
Disponer de contrato suscrito con el destinatario para la valorización o eliminación de los residuos según lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento 1013/2006 CEE, relativo a los traslados de residuos.
Legislación aplicable
Documento para el cálculo del Aval Bancario
Reglamento (CE) 1418/2007 relativo a la exportación, con fines de valorización, de determinados residuos enumerados en los anexos III ó IIIA del reglamento (CE) nº 1013/2006.
Consolidado 04/07/2014
Reglamento de ejecución (UE) 2016/1245 de la comisión de 28 de julio de 2016
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |