Los Premios Extraordinarios de Bachillerato, que se convocan anualmente, tienen por objeto reconocer el esfuerzo y la excelencia académica de los estudiantes que han finalizado esta etapa con excelente rendimiento académico. Además, ofrecen la posibilidad de participar en los Premios Nacionales de Bachillerato.
Beneficiarios:
Alumnado que haya cursado toda la etapa de Bachillerato en centros docentes españoles, en cualquiera de las modalidades establecidas, y haber finalizado dichos estudios en el año académico 2024-2025 en un centro docente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con todas las materias de la etapa superadas en la evaluación final ordinaria correspondiente a cada curso de la etapa.
Para poder participar en la convocatoria será necesario haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en las calificaciones del conjunto de los dos cursos de cualquiera de las modalidades de Bachillerato. La nota media se obtendrá por aplicación de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de estas enseñanzas.
Objeto:
Convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia correspondientes al curso 2024-2025.
Bases reguladoras:
Orden de 4 de marzo de 2025 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de 6 de marzo de 2025).
Premios:
Se podrán conceder como máximo trece premios extraordinarios en la convocatoria correspondiente al curso 2024-2025, de acuerdo con el artículo 4.2 de la Orden 4 de marzo de 2025, con una dotación económica de setecientos euros (700 €) cada uno, siendo el importe total de los mismos de nueve mil cien euros (9.100 €) como máximo.
La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato será anotada en el expediente y en el historial académico de cada uno de los alumnos premiados.
El alumnado premiado recibirá un diploma acreditativo de tal distinción y un talón nominativo.
La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato por parte de un alumno podrá suponer la exención del pago de precios públicos por servicios académicos en la matriculación en estudios superiores en centros públicos.
Estructura y Calificación de la Prueba:
La prueba consistirá en la realización de cuatro ejercicios:
a) Primer ejercicio: Lengua Castellana y Literatura II. Desarrollo de un tema y/o respuesta a cuestiones de contenido lingüístico o literario sobre los contenidos propios de la materia y/o análisis y comentario crítico de un texto escrito en lengua castellana.
b) Segundo ejercicio: Historia de España o Historia de la Filosofía. Desarrollo de un tema y/o respuesta a cuestiones relacionadas con la materia y/o análisis y comentario de un texto en relación con la materia elegida.
c) Tercer ejercicio: Lengua Extranjera II. Realización de tareas de comprensión y expresión escrita sobre un texto de carácter cultural, literario o divulgativo, en el idioma extranjero correspondiente a la materia y cursado por el alumno. En la resolución de este ejercicio el alumno utilizará únicamente el idioma extranjero y no podrá hacer uso de diccionario.
d) Cuarto ejercicio: desarrollo de un tema y/o resolución de cuestiones y/o ejercicios sobre los contenidos de la materia de modalidad de segundo curso de Bachillerato cursada por el alumno y elegida por este en su solicitud.
Cada ejercicio tendrá una calificación numérica de entre 0 y 10 puntos, expresada con un máximo de dos cifras decimales. La calificación de la prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los cuatro ejercicios de que consta la prueba, expresada con dos cifras decimales. Todas las calificaciones se redondearán a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.
Para poder ser propuesto para Premio Extraordinario de Bachillerato, el alumno deberá haber alcanzado, en cada uno de los ejercicios que componen la prueba, una calificación de al menos 5 puntos y, entre todos los ejercicios, una calificación media igual o superior a 9 puntos.
Solicitudes y plazo de presentación:
La presentación se realizará, preferentemente, en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (http://sede.carm.es) a través del procedimiento 832, en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Región de Murcia, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para presentar las solicitudes de inscripción será de siete días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha en la que se publique el extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Alumnado que ha cursado Bachillerato en centros docentes españoles, en cualquiera de las modalidades establecidas, y ha finalizado dichos estudios en el curso académico 2024-2025, en un centro docente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
De acuerdo con el artículo 16 de la Orden de 4 de marzo de 2025, podrán optar a la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, correspondientes al curso 2024-2025, los solicitantes que reúnan y cumplan los siguientes requisitos:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Para presentar la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y expedidos por prestadores incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |