Los servicios de esta sede electrónica estarán deshabilitados el domingo 24 de septiembre desde la 1:00 de la madrugada a las 8:00 de la mañana.
Sentimos las molestias ocasionadas.
El 27 septiembre de 8:00 a 9:00 habrá cortes puntuales en los servicios de presentación de solicitudes (área "Realizar un trámite"), generación de acuse de recibo de las notificaciones y obtención de certificaciones electrónicas (área "Carpeta ciudadana") de esta sede electrónica por tareas de mantenimiento.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Asegurar la cobertura de los puestos vacantes, en las mejores condiciones requeridas para la calidad del sistema educativo y a la vez, satisfacer el derecho a la movilidad de los funcionarios, en los centros docentes de enseñanza, dependientes de la Consejería de Educación.
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NOTA INFORMATIVA: Debido a una incidencia técnica en el funcionamiento de la instancia durante el último día de presentación, se ha ampliado el plazo de presentación de instancias hasta el 8 de noviembre de 2022 inclusive.
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ACCESO A LA INSTANCIA Y AUTENTICACIÓN
Cada solicitud deberá cumplimentarse únicamente por medios telemáticos (preferentemente a través del navegador web Chrome), accediendo para ello a la sede electrónica de la CARM (http://sede.carm.es), con los medios habilitados para garantizar la identidad unívoca del participante, y consignando como código de procedimiento el 845.
Asimismo, se podrá acceder a la solicitud a través de la zona privada del portal educativo “Educarm” en la dirección de internet http://www.educarm.es con el nombre de “usuario” y contraseña de funcionario docente.
Aquellos funcionarios que, por cualquier circunstancia no dispongan de contraseña, tienen que realizar los siguientes pasos:
La firma de la instancia se podrá realizar con usuario y contraseña de funcionario docente. Estos se introducirán en el momento de acceso a la instancia no siendo necesario introducirlos una segunda vez.
COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS
En caso de duda o incidencia en cualquier momento del proceso de cumplimentación de la solicitud se podrá contactar con el Servicio de Planificación y Provisión de Efectivos a través de la siguiente dirección de Internet: soporte.educacion@murciaeduca.es indicando en el ASUNTO: Procedimiento 845.
CONVOCATORIA
1.- Ámbito de la convocatoria.
Se convoca concurso de traslados, para la provisión de puestos vacantes entre funcionarios docentes de los Cuerpos de:
2.- Puestos convocados y publicación de los mismos.
Se ofertarán los puestos de trabajo vacantes que establezca esta Consejería, entre los que se incluirán, al menos:
- los producidos hasta el 31 de diciembre del año 2022.
- los que se produzcan como consecuencia de las modificaciones de las plantillas orgánicas.
- aquellos que resulten del propio concurso de cada cuerpo docente.
- se podrán incrementar con los de las jubilaciones hasta la finalización del curso 2022-2023.
Las vacantes serán publicadas en los tablones de anuncios de esta Consejería y en su página web www.carm.es/educación
3.- Plazas a solicitar, en función del Cuerpo y Especialidad: se desarrollan en los artículos tercero a noveno y los anexos correspondientes.
4.- Participación voluntaria y obligatoria en el concurso (artículos décimo y undécimo).
5.- Derechos preferentes (artículo duodécimo):
a) Derecho preferente a centro (artículo 12.1).
b) Derecho preferente a la localidad o zona (artículo 12.2).
6.- Derecho de concurrencia (artículo decimotercero).
7.- Peticiones de centros (artículo decimoséptimo).
El número de peticiones que cada participante puede incluir en su solicitud de participación no podrá exceder de 300.
8.- Valoración de méritos (artículo decimoctavo).
Únicamente se valorarán los méritos que se posean hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los baremos se encuentran en el Anexo XII y el anexo XX contiene especificaciones para la valoración de determinados apartados.
9.- Exposición de puntuaciones (artículos decimonoveno y vigésimo).
A.- Exposición de puntuaciones provisionales:
Una vez asignadas las puntuaciones a los concursantes, se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la Consejería de Educación la lista de los participantes con la puntuación total obtenida por apartados y subapartados.
Para formular posibles reclamaciones sobre los datos que en ella figuren se abrirá un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a su publicación.
B.- Exposición de puntuaciones definitivas:
Finalizado el plazo de reclamaciones, se expondrán en el tablón de anuncios las rectificaciones a que hubiese lugar, así como, la relación de reclamaciones contra la puntuación provisional que hayan resultado desestimadas con indicación de la causa de desestimación.
Contra esa exposición no cabe reclamación alguna. La resolución provisional de la convocatoria establecerá el plazo correspondiente de reclamaciones.
10.- Relación de funcionarios obligados a participar (artículo vigesimoprimero).
Se elaborará una relación de los funcionarios que, estando obligados a participar en el concurso, no lo hubieran efectuado y serán incluidos de oficio en el concurso.
11.- Adjudicación provisional (artículo vigesimosegundo).
Se procederá a la adjudicación provisional de los destinos con arreglo a las puntuaciones obtenidas, según el baremo anexo XII, que se hará pública en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y en su página Web.
12.- Reclamaciones a la resolución provisional (artículo vigesimotercero).
- Los concursantes podrán presentar reclamaciones a la resolución provisional, en el plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente al de su exposición.
Renuncias:
- Los concursantes que participen con carácter voluntario, durante este plazo podrán presentar renuncia total a su participación en el concurso, conforme al modelo anexo XVII, entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en su instancia de participación.
- Los concursantes forzosos que hayan ejercido el derecho preferente podrán renunciar a su participación por el mismo solo en el caso de haber consignado otras peticiones voluntarias.
- Se hace constar que el hecho de no haber obtenido destino en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la resolución definitiva.
13.- Adjudicación definitiva de puestos (artículo vigesimocuarto).
Resueltas las reclamaciones y renuncias, se procederá a dictar Orden definitiva de la Consejera de Educación, que se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la misma se anunciarán las fechas y lugares de exposición de los listados con los resultados del concurso y declarando desestimadas las reclamaciones no recogidas en las misma.
Los puestos adjudicados en dicha resolución son irrenunciables, debiendo incorporarse los participantes a los puestos obtenidos en la fecha establecida.
Aun cuando se concurra a puestos de diferentes especialidades, solamente podrá obtenerse un único destino.
14.- Profesores excedentes (artículo vigesimoquinto).
Los profesores excedentes que reingresen al servicio activo presentarán una declaración jurada o promesa de no hallarse separado de ningún Cuerpo o escala, ni de estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Asimismo deberán presentar certificado de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o autorizar a que la Consejería de Educación pueda recabar los datos que sobre su persona obren en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Los que no justifiquen los requisitos exigidos, no podrán tomar posesión del destino obtenido.
15.- Toma de posesión (artículo vigesimosexto).
La toma de posesión en los nuevos destinos tendrá lugar el 1 de septiembre del 2023.
16.- Anulación de destinos (artículo vigesimoseptimo).
En el supuesto de que se provean vacantes o resultas inexistentes o indebidamente ofertadas o si se anulasen las adjudicaciones de puestos, a los profesores afectados se les considerará como procedentes de puesto suprimido.
Anexos:
· Anexo I a).- Institutos de Educación Secundaria, Institutos de Educación Secundaria Obligatoria, Centros Integrados de Formación y Experiencias Agrarias, Centros Públicos Integrados de Formación Profesional, Centros Públicos de Educación Infantil y Básica, Equipos Generales de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Equipos de Atención Temprana y Equipos Específicos.
· Anexo I b).- Centros de Educación Especial con unidades de Formación Profesional y, en su caso, con puestos de profesores técnicos de servicios a la comunidad y Centros de Educación Especial con puestos de Orientación.
· Anexo I c).- Centros y aulas de Educación de Personas Adultas.
· Anexo II.- Escuelas Oficiales de Idiomas.
· Anexo III.- Conservatorios de Música y Danza y Escuela Superior de Arte Dramático.
· Anexo IV.- Escuela de Arte y Escuela Superior de Diseño de la Región de Murcia.
· Anexo Va).- Escuelas Infantiles, Colegios de Educación Infantil y Primaria, Centros Públicos de Educación Infantil y Básica y Centros de Educación Especial con indicación de las zonas de concurso correspondientes.
· Anexo V b).- Centros de Educación Infantil y Primaria con puestos de Orientación Educativa.
· Anexo V c).- Relación de Equipos generales de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Equipos de Atención Temprana y Equipos Específicos con puestos de funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros en la especialidad de Educación Especial: Audición y Lenguaje.
· Anexo VI.- Tipos de puestos de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria.
· Anexo VII.- Tipos de puestos del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
· Anexo VIII.- Tipos de puestos de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
· Anexo IX a).- Tipos de puestos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
· Anexo IX b).-Tipos de puestos del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
· Anexo X a).- Tipos de puestos del Cuerpo de Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
· Anexo X b).- Tipos de puestos del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
· Anexo XI.- Tipos de puestos del Cuerpo de Maestros.
· Anexo XII.- Baremo de méritos.
· Anexo XIII.- Instrucciones para cumplimentar la solicitud.
· Anexo XIV.- Modelo de solicitud de valoración de méritos.
· Anexo XV.- Declaración de servicios prestados en centros de atención educativa preferente.
· Anexo XVI.- Relación de centros de atención educativa preferente.
· Anexo XVII.- Modelo de desistimiento de la solicitud.
· Anexo XVIII.- Modelo orientativo de certificado de coordinador, tutor y/o RMI.
· Anexo XIX.- Modelo de comunicación de permanencia en el centro.
· Anexo XX.- Especificaciones para la valoración de los méritos de los apartados 6.1, 6.2 y 6.3 del baremo.
· Anexo XXI.- Instancia para aportar méritos referentes a libros en papel (apartado 6.1, Publicaciones)
Funcionarios docentes de los siguientes cuerpos docentes:511- Catedráticos de Enseñanza Secundaria. 512- Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.590- Profesores de Enseñanza Secundaria.591- Profesores Técnicos de Formación Profesional.592- Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.594- Profesores de Música y Artes Escénicas.595- Profesores de Artes Plásticas y Diseño.597- Maestros.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA Y EVALUACIÓN. (A14038194)
- Ser funcionario de carrera o en prácticas de alguno de los cuerpos docentes con destino definitivo o provisional en la Región de Murcia.
- En el caso de funcionarios con destino definitivo, deben haber transcurrido, a la finalización del presente curso escolar, al menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |