Declaración anual de perceptores de Pensiones No Contributivas (PNC); de Prestaciones Sociales y Económicas para personas con discapacidad (antigua LISMI) y, del Fondo de Asistencia Social (FAS), de ingresos realmente percibidos, durante el año anterior, tanto del perceptor, como de los miembros que componen su Unidad Económica de Convivencia (UEC).
EL PLAZO PARA PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL (FÉ DE VIDA), EN PERIODO VOLUNTARIO, TERMINA EL 1 DE ABRIL DE 2021
Queda abierto el plazo para presentar la Declaración Anual de Ingresos (Fe de Vida) a Pensionistas No Contributivos; LISMI y FAS.
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A.- ANUALMENTE EN EL PRIMER TRIMESTRE DE CADA AÑO, todos los perceptores de Pensiones No Contributivas (PNC); de Prestaciones Sociales y Económicas para personas con discapacidad (antigua LISMI) y, del Fondo de Asistencia Social (FAS), tienen la obligación de remitir una Declaración Anual de los ingresos realmente percibidos, durante el ejercicio anterior, tanto del perceptor, como de los miembros que componen su Unidad Económica de Convivencia (UEC). En esa declaración, también deben indicar la estimación ingresos para el ejercicio en curso.
B.- LA AUSENCIA DE ENVÍO DE LA DECLARACIÓN ANUAL ES MOTIVO DE SUPENSIÓN DE LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA
C.- Relacionado con esta actuación se encuentran los siguientes procedimientos:
- 0611 Solicitud de Pensiones No Contributivas de Jubilación o Invalidez; 0769 Gastos de Trasporte y movilidad en LISMI; 0768 Gastos Farmacéutico y Sanitario en LISMI; 4719 Complemento para alquiler de PNC; 7362 Revisión de PNC; 1108 Revisión de LISMI.
Ciudadanos de la Región de Murcia perceptores de prestaciones no contributivas: Pensiones no contributivas (PNC), Fondo de asistencia social (FAS) y Ley de Integración social del minusválido (LISMI)
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS)
D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)
Tener activa un Pensión No Contributiva, LISMI o FAS
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en cada convocatoria. Recuerden que en este supuesto la firma de la solicitud ha de estar manuscrita.
Pedir Cita Previa IMAS.
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
DIRECTOR/A GERENTE DEL IMAS
Por Delegación de competencias, actualmente, el Organo Gestor es la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión. Con sede en Ronda de Levante, 16 de Murcia.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | DIRECTOR/A GERENTE DEL IMAS |