Aviso

Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 7:30 y las 7:45 horas del martes día 10/12/2024, algunos trámites  de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego (código 86) (SIA 206544)

Información Básica

Objeto:

Autorizar la inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en la Sección correspondientes del Registro General del Juego.

Información de Interés

FIANZAS

El importe de las fianzas viene recogido en el artículo 27 y 41 del Decreto 72/2008 de acuerdo a las siguientes cantidades:

1º.-  Inscripción como empresa fabricante o importadora. 90.000 €.

 (Esta fianza se exigirá si el proceso de fabricación o el domicilio social radica en el ámbito territorial de la Región de Murcia).

2º.-  Inscripción como empresa comercializadora, de reparación o servicio técnico: 48.000 €.

3º.-  Inscripción como empresa operadora de máquinas tipo B: 30.000 €.

  • Explotación de hasta 50 máquinas: 30.000 €.
  • Explotación de hasta 100 máquinas: 60.000 €.
  • Explotación de hasta 300 máquinas: 180.000 €.
  • Explotación de hasta 500 máquinas: 300.000 €.
  • Explotación de hasta 1.000 máquinas: 601.000 €.
  • Explotación de más de 1.000 máquinas: 60.000 €adicionales por cada 100 máquinas o fracción.

4º.-  Inscripción como empresa operadora de máquinas tipo C: 60.000 €, y para le explotación de máquinas tipo C los importe de explotación sería el doble de las prevista en el apartado 3º.

5º.-  Inscripción como empresa operadora de salones de juego: 30.000 €.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Personas físicas o jurídicas.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14036667)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

- Las empresas que tengan por objeto la fabricación, comercialización o distribución, reparación o explotación de las máquinas o explotación de salones deberán inscribirse en la Sección correspondiente del Registro General del Juego de la Región de Murcia.

- Las empresas que soliciten autorización para la organización y explotación del juego que estén constituidad en forma de sociedad mercantil deberán contar con un capital social mínimo de 90.000 euros que estará representado por acciones o participaciones.

- Las empresas cuyo titular fuese persona física que soliciten autorización para la organización y explotación de juego deberán contar con un patrimonio neto de 90.000 euros, fijado de acuerdo con las normas del Impuesto sobre el Patrimonio.

- Las empresas deben figurar en alta en la declaración censal y estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones fisicales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Inscripción de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar en el Registro General del Juego
  • Declaración
    (No obligatorio / No original)
    En caso de personas físicas, declaración del Impuesto sobre Patrimonio (si no presenta declaración, relación de bienes y derechos siguiendo los mismos criterios del Impuesto sobre el Patrimonio, no inferior a 90.000 euros).
  • Escritura pública
    (No obligatorio / No original)
    En caso de sociedades, escritura pública en la que constará la cuantía de capital desembolsado, no inferior a 90.000 euros, los nombres y apellidos de los socios, con la cuota de participación de los mismos, copia de los estatutos y Certificado de inscripción en el Registro Mercantil.
  • Memoria
    (No obligatorio / No original)
    Memoria sobre la experiencia profesional, medios humanos y técnicos, locales,oficinas, etc., indicando si son propios o ajenos.
  • Certificación de alta en el Régimen de Seguridad Social que corresponda.
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, tanto de la empresa como de sus empleados.
  • Justificante de depósito de Fianza
    (No obligatorio / No original)
    Justificación de haber constituido la fianza correspondiente.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación de representación (escritura de apoderamiento o cualquier otro medio admitido en derecho) en caso de actuar por medio de representante.
  • Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (AEAT) (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Inexistencia de Antecedentes Penales (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

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Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

La autoliquidación de la Tasa administrativa T310, por actuaciones administrativas sobre apuestas y juegos de suerte, envite o azar, necesaria para la obtención, renovación y modificación de autorizaciones, diligenciado y expedición de documentos está integrada entre las diferentes fases del formulario especifico, por lo tanto, no es necesario obtener la carta de pago e incorporarla como anexo.

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