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Atención

Los servicios de esta sede electrónica estarán deshabilitados el domingo 24 de septiembre desde la 1:00 de la madrugada a las 8:00 de la mañana.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Atención

El 27 septiembre de 8:00 a 9:00 habrá cortes puntuales en los servicios de presentación de solicitudes (área "Realizar un trámite"), generación de acuse de recibo de las notificaciones y obtención de certificaciones electrónicas (área "Carpeta ciudadana") de esta sede electrónica por tareas de mantenimiento.

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Ayudas de comedor escolar para alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos curso 2023-2024 (código 935) (SIA 201915)

Información Básica

Objeto:

Sufragar el coste del servicio de comedor escolar de los alumnos escolarizados, en centros sostenidos con fondos públicos, radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de este servicio escolar complementario.

Información de Interés

Para obtener estas ayudas será requisito que los ingresos de la unidad familiar en el año 2022, calculados según se establece en el artículo siguiente, no superen, en función del número de miembros, los siguientes importes máximos:

UMBRAL RENTA AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR                 2022-2023

IPREM 2021

6.948,24 €

Nº MIEMBROS UF

Importe máximo no superable UF (euros)

TRAMO 1

1

6.948,24

2

7.782,03

3

8.615,82

4

9.449,61

5

10.283,40

6

11.117,19

TRAMO 2 

7

12.159,43

8

13.201,67

9

14.243,91

10

15.286,15

TRAMO 1        (hasta 6 miembros UF)

INCREMENTO POR CADA MIEMBRO MÁS

(hasta 6 miembros)

 12% DEL IPREM

833,79

TRAMO  2   (a partir 7 miembros UF)

INCREMENTO POR CADA MIEMBRO MÁS

(a partir de 7 miembros)

15% DEL IPREM

1.042,24

El cálculo de los umbrales de renta se establecen con respecto al valor oficial para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM) para el año 2021.

El incremento por cada miembro adicional en el primer tramo ( unidad familiar de 1 a 6 miembros), será del 12% del valor del IPREM.

El incremento por cada miembro adicional del segundo tramo ( unidad familiar a partir de 7 miembros en adelante), será del 15% del valor del IPREM.

Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2022, superior a 38.500 euros.

Destinatarios:

Ciudadanía.

El padre, la madre o el tutor/a legal.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS EDUCATIVOS E INFRAESTRUCTURAS (A14028757)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Dirigido al alumnado que no se encontraba matriculado en el centro antes de la finalización del plazo extraordinario, que provengan de un centro sin comedor escolar o de un centro fuera de la Región de Murcia. Plazo excepcional del 1 al 5 de septiembre ambos incluidos. Excepcionalmente centros de nueva creación que esten autorizados antes de finalización de ese plazo

Para obtener estas ayudas será requisito que los ingresos de la unidad familiar en el año 2022, calculados según se establece en el artículo siguiente, no superen, en función del número de miembros, los siguientes importes máximos:

UMBRAL RENTA AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR                 2023-2024

IPREM 2021

6.948,24 €

Nº MIEMBROS UF

Importe máximo no superable UF (euros)

TRAMO 1

1

6.948,24

2

7.782,03

3

8.615,82

4

9.449,61

5

10.283,40

6

11.117,19

TRAMO 2 

7

12.159,43

8

13.201,67

9

14.243,91

10

15.286,15

TRAMO 1        (hasta 6 miembros UF)

INCREMENTO POR CADA MIEMBRO MÁS

(hasta 6 miembros)

 12% DEL IPREM

833,79

TRAMO  2   (a partir 7 miembros UF)

INCREMENTO POR CADA MIEMBRO MÁS

(a partir de 7 miembros)

15% DEL IPREM

1.042,24

El cálculo de los umbrales de renta se establecen con respecto al valor oficial para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM) para el año 2022.

El incremento por cada miembro adicional en el primer tramo ( unidad familiar de 1 a 6 miembros), será del 12% del valor del IPREM.

El incremento por cada miembro adicional del segundo tramo ( unidad familiar a partir de 7 miembros en adelante), será del 15% del valor del IPREM.

Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2022, superior a 38.500 euros.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Formulario de solicitud de ayuda de comedor escolar curso 2023-2024
  • Documento Nacional de Identidad
    (Obligatorio / No original)
    Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE)
  • Libro de familia
    (Obligatorio / No original)
    o, en su defecto, certificado de nacimiento de todos los hijos.
  • Convenio regulador
    (Obligatorio / No original)
    En el supuesto de que el solicitante (a fecha 31 de diciembre de 2021) se encontrase divorciado, separado o hubiese extinguido una unión de hecho, y con independencia de que en ese momento tuviese o no constituido un nuevo vínculo o relación de hecho con otra persona, en el que conste la pensión de alimentos a favor de los hijos comunes y la pensión compensatoria, en su caso, o documentación que acredite suficientemente la inexistencia de dicho convenio.
  • Acreditación de orfandad
    (No obligatorio / No original)
    También podrá presentarse la siguiente documentación:a) o documentación que acredite la pertenencia del alumno a una familia monoparental, en su caso (documentos acreditativos de la filiación, certificados de defunción, etc)
  • Sentencia de separación o divorcio
    (Obligatorio / No original)
    En caso de que el solicitante pertenezca a una unidad familiar en régimen de custodia compartida deberá presentar la sentencia de separación o divorcio donde se justifique dicha circunstancia.
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Familia monoparental. Certificado de defunción en el caso de fallecimiento de uno de los progenitores
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Carnet de Familia numerosa en el caso de que esté reconocida en otras Comunidades Autónomas.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Declaración responsable y cláusula autorización
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Documentación que acredite encontrarse en uno de los supuestos art. 6.1.a) Bases Reguladoras (Pérdida del poder adquisitivo debido a situación de desempleo por ERTE, ERE o paralización de la actividad económica o empresarial)
  • Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
  • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación de víctima de actos de terrorismo.
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    Autorización para la representación
  • Consulta de Nivel de renta (AEAT) (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificado de Familia Numerosa expedido por la CARM (*)
  • Consulta de nacimiento (*)
  • Consulta del título de familia numerosa de las CCAA (*)
  • Consulta de defunción (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Formulario de solicitud de ayuda de comedor escolar curso 2023-2024   [Fuera de plazo: 01-09-2023 – 05-09-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar Información sobre tasas abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 5 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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