Declarar el censo medio anual de una explotación ganadera para todas las especies.
Tal como dispone el punto 3, del Artículo 4 Obligaciones de los titulares de explotación, del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas: Los datos sobre los censos de las explotaciones se comunicarán a la autoridad competente al menos una vez al año. A este respecto, el censo se comunicará antes del 1 de marzo de cada año.
Titulares de explotaciones
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)
El procedimiento alcanza a todas las explotaciones ganaderas dentro del ámbito territorial de la Región de Murcia incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
Las tareas necesarias para efectuar la mencionada declaración de censo anual afectarán, además de a los titulares de las explotaciones, a los veterinarios responsables de Asociaciones de Defensa Sanitaria (ADS) y a los servicios veterinarios oficiales de las Oficinas Comarcales Agrarias (OCA).
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.