Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (código 9943) (SIA 207752)

Información Básica

Objeto:

Permite la inscripción inmediata de poderes apud-acta otorgados presencial o telemáticamente, para hacer constar y gestionar las representaciones que los interesados-poderdantes otorguen a un representante-apoderado, con el fin de que pueda actuar en su nombre ante la Administraciones Públicas.

  • El apud-acta se otorga :
    • Por medios electrónicos en Sede electrónica, a través de la aplicación apodera.Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica
    • Presencialmente por comparecencia personal de interesado-poderdante y/o representante-apoderado.

El otorgamiento por comparecencia se hará mediante funcionario habilitado de las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Administración Regional.

Información de Interés

A.-TIPOLOGÍA DE LOS APODERAMIENTOS:

  • Apoderamiento Tipo a_ Permite otorgar un poder general para que el apoderado-representante pueda actuar en nombre del interesado-poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración Pública.
  • Apoderamiento Tipo b_ Permite otorgar un poder para que el apoderado-representante pueda actuar en nombre del interesado-poderdante en cualquier actuación administrativa ante alguna/algunas de las Administraciones: la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y/o  alguno de sus organismos o entidades vinculadas o dependientes.
  • Apoderamiento Tipo c_ Permite otorgar un poder especial para que el apoderado-representante pueda actuar en nombre del interesado-poderdante para la realización de los trámites/actuaciones sobre procedimientos especificados en el poder.

B.- OTORGAMIENTO POR COMPARECENCIA

El interesado-poderdante y el representante-apoderado tienen que presentarse en alguna de las Oficinas de la Admistración Regional acompañando el Formulario Anexo I cumplimentado en función del tipo de poder que desee otorgar. a), b) o c) y que tiene disponible en los modelos para presentación.Los poderes tipo B y C otorgados presencialmente se limitan al ámbito de la Región de Murcia. Actualmente, de forma temporal, no es posible el otorgamiento de poderes tipo C.

  • El funcionario comprobará la identidad de Poderdante-Interesado y Representante-Apoderado (en el supuesto de que este también comparezca) y verificará los datos del formulario de otorgamiento de la representación.
    • Verificada la información y la firma del poderdante y en su caso del apoderado, procederá al alta en el registro electrónico de apoderamientos, digitalizando el formulario firmado y, cuando proceda los estatutos.
    • Finalizada la actuación del funcionario el poder queda diponible en la plataforma apoderAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónicaa y en la carpeta ciudadana, entregando un copia en papel al interesado.
    • Si el apoderado no ha comparecido, el apoderamiento quedará pendiente de ser autorizado hasta que éste sea aceptado por el apoderado, pudiendo aceptar el apud acta por medios electrónicos accediendo a su carpeta ciudadanaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a apodera Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónicao por comparecencia en alguna de las oficinas presenciales de la CARM en las que se presta este servicio.

C.- REVOCACIÓN o RENUNCIA

El poderdante o apoderado podrán en cualquier momento revocar o renunciar, respectivamente, el otorgamiento mediantre la cumplimentación del formulario correspodiente. Siendo el procedimiento de comparecencia el mismo que para el alta.

D.- PRÓRROGA

El poderdante podrá en cualquier momento prórrogar la vigencia del apoderamiento en mediantre la cumplimentación del formulario correspodiente, teniendo en cuenta que la vigencia máxima de un apoderamiento incluidas sus prórrogas es de cinco años.Siendo el procedimiento de comparecencia el mismo que para el alta.

ASPECTOS A TENER EN CONSIDERACIÓN

  • Es conveniente que se adjunte el documento de apoderamiento a las solicitudes que se inician por el representante.
  • El otorgamiento de la representación " en papel" por comparencia en oficinas presenciales, obtenido entre el 8 de marzo de 2016 y el  5 de marzo de 2021, tendrán validez  siempre que se acompañe con la solicitud copia del documento de otorgamiento.
  • El único supuesto de bastanteo de poder en cuanto se refiere a las actuaciones realizadas mediante comparecencia personal presencial en una Oficina Corporativa de Atención al Ciudadano será en el supuesto de que poderdante y apoderado son persona física y comparece solo el apoderado actuando en nombre del poderdante acompañando un poder notarial o documento privado con firma legitimada notarialmente.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas físicas y jurídicas

Tramitación inmediata:

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD, SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA E INSPECCIÓN DE SERVICIOS (A14046272)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Disponer para el Apud Acta electrónico de alguno de los sistemas de identificación: DNI electronico , Cl@ve pin o permanente o certificado digital .
  • En el caso de que el apoderado comparezca presencialmente en nombre del poderdante deberá de justificar esta circunstancia  mediante documento público o privado con firma legitimada notarialmente que deberá ser bastanteado. El bastanteo se realizará dentro del propio flujo de la aplicación del REA
  • Cuando el apoderado sea una persona jurídica deberá aportar sus estatutos que recojan que puede actuar en nombre de terceros 
  • Aceptación del otorgamiento por el Apoderado-representante, para la eficacia del alta en el registro electrónico.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Acceso a la aplicación del Registro Electrónico de Apoderamientos

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Este servicio está en proceso de despliegue en las Oficinas de la administración Regional, consulte mediante el buscador en cuales está disponible.
SE REQUIERE CITA PREVIA.

En Oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia este servicio solo está disponible en las de Murcia y Cartagena.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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