Los servicios de esta sede electrónica estarán deshabilitados el domingo 24 de septiembre desde la 1:00 de la madrugada a las 8:00 de la mañana.
Sentimos las molestias ocasionadas.
El 27 septiembre de 8:00 a 9:00 habrá cortes puntuales en los servicios de presentación de solicitudes (área "Realizar un trámite"), generación de acuse de recibo de las notificaciones y obtención de certificaciones electrónicas (área "Carpeta ciudadana") de esta sede electrónica por tareas de mantenimiento.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Convocar el procedimiento de admisión y matrícula del alumnado que desee acceder al segundo nivel de grado medio de las enseñanzas de baloncesto, en el IES Alquibla de La Alberca (Murcia), durante el curso 2013-2014.
Enlace en la web.
1.- Reserva de plazas.
a) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes acrediten algún grado de discapacidad.
b) Un 10% de las plazas ofertadas para los deportistas de alto rendimiento y alto nivel.
c) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes accedan acreditando la prueba de acceso sustitutoria de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a las enseñanzas de grado medio.
d) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes acrediten, según el caso, la convalidación.
e) Un 10% de las plazas ofertadas para quienes accedan acreditando una situación de inserción social.
Las plazas reservadas que no sean cubiertas se acumularán a las de acceso libre.
2.- Criterios de admisión.
Cuando el número de aspirantes supere las plazas ofertadas se aplicará el criterio de la nota media obtenida en el primer nivel de grado medio de baloncesto.
3.- Aspectos a tener en cuenta sobre los pagos de tasas y precios.
I.- Los alumnos que deseen cursar estas enseñanzas podrán matricularse por curso completo, bloques o módulos formativos.
II.- Sobre el precio de la primera matrícula, la segunda tendrá un recargo del 30%, la tercera y sucesivas un 50%.
III.- La forma de pago podrá ser:
a) En un único pago, haciéndolo efectivo en el momento de la formalización de la matrícula.
b) De forma fraccionada en dos pagos, que serán ingresados en los plazos y cuantías siguientes:
- El primero del 50% del importe total, haciéndolo efectivo en el momento de la formalización de la matrícula.
- El segundo del 50% de total, se hará efectivo pasados dos meses desde la formalización de la matrícula.
IV.- En caso de que se opte por el pago fraccionado, el segundo plazo deberá hacerse por domiciliación bancaria o mediante efectivo, giro, transferencia y cualquier otro medio o documento de pago, sea o no bancario, reglamentariamente establecido.
V.- Cuando se produzca el impago del segundo plazo se notificará al interesado exigiéndole el pago de la deuda, en un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación.
El impago total o parcial de los derechos académicos correspondientes supondrá la anulación de oficio de la matrícula, sin perjuicio de que sean reclamadas las cantidades correspondientes por los procedimientos legales.
VI.- Exenciones y bonificaciones del pago de la tasa y precio público.
a) No estarán obligados al pago del precio público por servicios académicos los alumnos que aleguen alguna de las siguientes situaciones:
- Los alumnos con discapacidad.
- Los alumnos miembros de familia numerosa de categoría especial.
- Los alumnos con la condición de hijos de víctimas del terrorismo.
Tendrá una bonificación del 50% en el pago del precio público los alumnos miembros de familia numerosa de categoría general.
b) Estarán exentos del pago de la cuota de la tasa para la apertura de expediente académico, los sujetos pasivos que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Ser miembros de familias numerosas de categoría especial
- Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocidas
- Acreditar ser o haber sido víctima de violencia de género
c) Tendrán una bonificación del 50% en la cuota de la tasa los siguientes sujetos pasivos:
- Los miembros de familias numerosas de categoría general.
- Los solicitantes que acrediten hallarse en situación de desempleo en el momento de devengo de la tasa.
4.- Adjudicación de plazas.
El Presidente del Consejo Escolar elaborará y publicará el listado provisional de admitidos y excluidos el día 27 de junio.
Si algún aspirante que esté en desacuerdo con este listado podrá presentar reclamación hasta el día 2 de julio.
La relación definitiva de admitidos y excluidos se publicará el día 3 de julio, así como la lista de espera.
Cuando las solicitudes superen el número de plazas ofertadas, su adjudicación será realizada por el Consejo Escolar, ordenadas por la nota media obtenida en el primer nivel de grado medio de baloncesto.
5.- Reclamaciones al procedimiento de admisión.
Contra la relación definitiva de admitidos, cabrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el tablón de anuncios del centro.
La interposición del recurso de alzada, que agota la vía administrativa, no paralizará el procedimiento de matrícula.
6.- Formalización de la matrícula.
Los aspirantes incluidos en la relación definitiva de admitidos deberán formalizar su matrícula hasta el 12 de julio.
Quienes no formalicen la matrícula en el plazo señalado decaerán de su derecho a la plaza obtenida.
7.- Matriculación fuera de plazo.
En caso de plazas vacantes, se podrá admitir nuevos alumnos que reúnan los requisitos de acceso, durante los quince días siguientes a la fecha de inicio del período lectivo, hasta completar el grupo autorizado.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, INNOVACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14038192)
Para la formalización de la matrícula los admitidos deberán presentar el justificante bancario del ingreso del:
- precio público por la prestación de la enseñanza deportiva,
- así como el de las cuotas apertura del expediente académico y servicios generales.
Si el interesado tuviera derecho a bonificación o exención del precio público o cuotas, deberá presentar la acreditación de la situación alegada.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |