Certificados y copias del Registro de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales (código 3135) (SIA 2087089)

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Información Básica

Objeto:

Solicitud de certificados expedidos por el  Registro de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales de la Región de Murcia, y copias

Información de Interés

Antes de pedir un certificado y abonar la tasa, asegúrese que:

  • a) su asociación está inscrita en este Registro
  • b) que la Junta Directiva está actualizada, porque en el certificado aparecerá como representante legal, el Presidente, que nos aparezca inscrito.

Para comprobar la Junta Directiva que tenemos inscrita, escriba el nombre de su asociación en la opción FORMULARIO DE CONSULTA DE ASOCIACIONES DE LA REGIÓN DE MURCIA pulsando sobre este enlace:Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

A.- TASAS:

  • EXENTOS DEL PAGO DE LA TASA: Las Asociaciones declaradas de Utilidad Pública y las Fundaciones.
  • OBLIGADOS AL PAGO DE LA TASA: El resto de las Asociaciones y los certificados de denominación de las Fundaciones, previos a la inscripción de las mismas.

B.- TIPOS DE DOCUMENTOS QUE SE PUEDEN SOLICITAR:

  • Sujetos a tasa:
    • -  Certificados de datos registrales de inscripción
    • -  Certificado para la obtención de la firma digital
    • -  Certificado de denominación de Fundaciones, previo a la solicitud de inscripción de constitución (ver Anexo 1A de pestaña DOCUMENTACIÓN)
    • -  Cualquier otra relativa a la información que obra en este Registro
  • No sujetos a tasa:
    • -  Notas simples
    • -  Fotocopias de documentación

Los certificados solicitados les serán enviados a la dirección de correo electrónico facilitada.

Para la tramitación electrónica es preciso disponer de un certificado digital, firma electrónica o firma digital. Las tres denominaciones hacen referencia a una misma clave que permite la tramitación electrónica,  y se usan indistintamente.

El certificado para la obtención de la firma digital expedido por este Registro, solamente acredita que la Asociación está inscrita y el nombre del representante legal, pero NO es la firma digital.

Para la obtención del certificado digital, firma electrónica o firma digital, una vez disponga del Certificado expedido por este Registro, que trendrá una validez de 15 días naturales, deberá solicitar cita con la Delegación de Hacienda para obtenerlo.

La duración de la firma digital que le expedirá Hacienda tiene una duración de 2 años, lo que significa que deberá ser renovada cada dos años.

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EN ESTE REGISTRO DE ASOCIACIONES NO HAY ATENCIÓN PRESENCIAL AL PÚBLICO.  TANTO PARA INFORMACIÓN GENERAL COMO PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS PODRÁ HACERLO:

1. PRESENCIALMENTE: Previa cita  en cualquiera de los teléfonos 968 36 20 00 ó 012, dirigiéndose a una OAMR (Oficina de Asistencia en Materia de Registros). Algunas de las más céntricas en Murcia son:

- Oficina de Asistencia en Materia de Registros Teniente Flomesta, situada en la Avenida Teniente Flomesta, s/n, de Murcia

- Registro General de la CARM, situado en Avenida Infante Juan Manuel, nº 14, de Murcia

2. TELEMÁTICAMENTE: A través del enlace ConsultasAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica que encontrará en http://www.carm.es/Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, y nosotros contactaremos con ustedes. Encontrará también información y podrá enviar sus solicitudes desde la página web http://www.carm.es/Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (dentro del apartado de “ÁREAS TEMÁTICAS” llamado “ASOCIACIONES” en “REGISTRO DE ASOCIACIONES”)

Recuerde que también puede PRESENTAR SOLICITUDES EN REGISTRO ELECTRÓNICO, con DNI electrónico o certificado digital, en las siguientes direcciones de Internet:
Comunidad Autónoma de Murcia: https://sede.carm.es
Administración del Estado: https://.sede.administración.gob

3. TELEFÓNICAMENTE: A través de los números del Servicio de información telefónica de la CARM:  968 362000 y 012

4. ELECTRÓNICAMENTE: Solamente para información y no para presentación de documentos: a través del correo electrónico  registrodeasociaciones@carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

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Según el Artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre,  de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

"Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

  1. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes."

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Recuerde que las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones, como personas jurídicas,  están obligadas a presentar electrónicamente sus solicitudes. (Artículo 14.2  a), de la  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Empresas y otras entidades son las propias entidades inscritas, Asociaciones, Fundaciones o Colegios Profesionales, que como personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración para sus solicitudes y recepción de notificaciones.Ciudadanía = Las personas físicas, con interés en conocer datos registrales de las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales.

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA, PORTAVOCÍA, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS (A14036698)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación


 

Documentos a aportar junto con la solicitud

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

 

Para pagar la tasa primero tiene que obtener la carta de pago.

Posteriormente puede abonarla desde la pasarela de pago de pagoAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de cualquiera de los medios de pago indicados en la carta de pago.

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