Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Concesiones y autorizaciones para la instalación, explotación y funcionamiento de establecimientos de cultivos marinos (código 5703) (SIA 207604)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Autorizar el desarrollo de la actividad de explotación de las instalaciones de cultivos marinos dentro del ámbito de la Región de Murcia.

Información de Interés

Cuando la instalación acuícola se ubique en superficie de dominio público marítimo-terrestre, se tramitará ante el servicio de pesca y de forma simultánea la concesión para la ocupación de dicho dominio público que será otorgada por el órgano estatal competente.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Toda persona física o jurídica que pretenda poner en marcha una actividad de cultivos marinos en la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

El procedimiento es permanente

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para el otorgamiento de concesiones o autorizaciones se deberá presentar la correspondiente solicitud, acompañada de un anteproyecto inicial o proyecto de ocupación, instalación y explotación del establecimiento de cultivos marinos que se pretenda, un estudio de viabilidad económica y, en su caso, el correspondiente estudio de impacto ambiental, así como el justificante del pago de la tasa T-761

Requisitos posteriores

Cuando el proyecto precise, además, la concesión y/o autorización de la Administración del Estado para la ocupación del dominio público marítimo terrestre, se presentaría la oportuna solicitud dirigida al órgano competente para otorgar la concesión para la ocupación demanial, en unión de los documentos precisos para concretar la petición que se formula, tramitándose la solicitud de conformidad con lo previsto para estos casos en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y su Reglamento. Deberá presentarse el documento de acreditación del pago de la prestación de la finaza provisional conforme al artículo 88 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y su Reglamento.

De modo complementario, para el caso de que la autorización requiera la concesión de dominio público marítimo terrestre, el solicitante no puede incurrir en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en la normativa de contratos del Sector Público, por así establecerlo el artículo 65.2 de la citada Ley 22/1988 y el artículo 152.3 del Reglamento de Costas.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Concesiones y autorizaciones para la instalación, explotación y funcionamiento de establecimientos de cultivos marinos
  • Estudio
    (Obligatorio / Original)
    Estudio de viabilidad económica.
  • Solicitud
    (No obligatorio / Original)
    Solicitud dirigida a la Confederación Hidrográfica de ocupación DPH y/o uso delagua y/o vertido, en su caso.Solicitud de Licencia de Usos y Actividades al Ayuntamiento o certificado que exprese que no es necesaria, en su caso.Solicitud de concesión de dominio público marítimo terrestre (si procede) dirigida al Jefede la Demarcación de Costas en Murcia.Solicitud de concesión de ocupación del dominio público portuario (si procede) dirigida a la Autoridad Portuaria de Cartagena o Puertos de la CARM (en su caso).
  • Estudio de impacto ambiental
    (No obligatorio / Original)
    Para proyectos cuya producción anual exceda las 500 TM. Se deberá presentar solicitud de inicio y documento ambiental que incluya la documentación prevista en el artículo 45 de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental
  • Justificante de depósito de Fianza
    (No obligatorio / Original)
    Resguardo acreditativo de la fianza provisional (2 % del proyecto de la obra o instalación) a favor de la Demarcación de Costas, si procede.Resguardo acreditativo de la fianza provisional (2 % del proyecto de la obra o instalación) a favor de la Autoridad Portuaria, si procede.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
  • Anteproyecto
    (Obligatorio / No original)
    O proyecto de ocupación, instalación y explotación de cultivos marinosProyecto-memoria (firmado por técnico facultado según currículum): Tipo de explotación; Obras e instalaciones a realizar; Superficie útil de los recintos (tanques, charcas); Especies a cultivar; Sistemas de cultivo y régimen de cultivo (intensivo, semiintensivo, extensivo); Ciclo biológico: engorde, repoblación; Destino producción: local, C.A., grandes superficies, nacional(pocos casos); Producción estimada; Planos de la instalación; Licencia (en su caso); Cálculo de caudales (en sucaso).
  • Certificado de disponibilidad de terrenos y compromiso de obtención de autorizaciones
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de terrenos de propiedad privada.
  • Escritura o estatutos inscritos en el Registro correspondiente
    (No obligatorio / No original)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:

CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Las modificaciones las resolverá el Director General competente en acuicultura

Plazo de resolución: 1 Año/s
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
Contra la Orden resolutoria, que agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley reguladora de dicho orden jurisdiccional, o recurrir potestativamente en reposición ante la Consejería de Agricultura y Agua en el plazo de un mes a computar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, sin perjuicio de que ejercite cualquier otro que estime oportuno.Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos eses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la mencionada jurisdicción.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia