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Disculpen las molestias.
Procedimiento para la inscripción en las pruebas
La inscripción en las pruebas se realizará desde el viernes 14 de marzo hasta el lunes 31 de marzo de 2025, ambos incluidos.
Las solicitudes de inscripción se cumplimentarán, preferentemente con certificado digital, a través del trámite en línea que estará disponible en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, http://sede.carm.es (registro y guía de procedimientos y servicios) con el número de procedimiento 576, teniendo el interesado la opción de cumplimentar la solicitud sin certificado digital.
IMPORTANTE:
Para realizar la presentación presencial debe previamente cumplimentar la solicitud de forma telemática siguiendo estos pasos:
Listas de admitidos y excluidos
A) Listas provisionales de admitidos y excluidos
El miércoles 2 de abril de 2025, se publicarán las listas provisionales de admitidos y excluidos, por centro adjudicado, en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y, a efectos meramente informativos, en las siguientes páginas web: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=74399&IDTIPO=100&RASTRO=c1295$m69343 (área temática de Educación de Personas Adultas-Pruebas para la obtención del título de graduado en ESO, destinadas a personas mayores de 18 años), http://www.educarm.es
(educación para adultos-pruebas libres ESO 2025), y https://www.educadult.com/
(convocatorias, PLESO). Los aspirantes admitidos figurarán ordenados con la asignación provisional al centro donde deberán presentar la documentación para formalizar la matrícula, excepto aquellos que hayan cumplimentado la solicitud a través del trámite en línea con certificado digital adjuntando la documentación pertinente.
Alegaciones
Una vez publicadas las listas provisionales de distribución de solicitudes entre los centros examinadores, se establecerá un período de alegaciones desde el jueves 3 de abril hasta el lunes 7 de abril de 2025, ambos incluidos. Dichas alegaciones, deberán ir dirigidas a la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente y se presentarán, preferentemente, utilizando el modelo del Anexo X, en la secretaria de cualquiera de los centros recogidos en el Anexo I de esta resolución. Los centros darán registro de entrada a las alegaciones presentadas, entregando copia sellada y fechada al solicitante a modo de justificante. Los centros enviarán, mediante comunicación interior, las alegaciones registradas al Servicio de Educación Permanente.
Además de las vías anteriores, los interesados podrán presentar sus alegaciones a través de las oficinas y registros indicados en la disposición adicional primera de la presente resolución. En estos casos, con objeto de agilizar la tramitación de las alegaciones, los aspirantes deberán enviar un correo electrónico a la dirección educacionpermanente@murciaeduca.es, que contendrá las copias escaneadas (preferiblemente en formato PDF) tanto del justificante
de presentación en alguna de las oficinas referenciadas anteriormente como el modelo presentado donde se describe el contenido de la alegación.
B) Listas definitivas de admitidos y excluidos
El jueves 10 de abril de 2025 se harán públicas en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y, a efectos meramente informativos, se podrán consultar en la página web https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=74399&IDTIPO=100&RASTRO=c1295$m69343 (área temática de Educación de Personas Adultas-Pruebas para la obtención del título de graduado en ESO, destinadas a personas mayores de 18 años), en la página web http://www.educarm.es
(educación para adultos-pruebas libres ESO 2025), así como en la página web https://www.educadult.com/
(convocatorias, PLESO), las listas definitivas de admitidos y excluidos, con la asignación definitiva del centro examinador donde deberán presentar la documentación para formalizar la matrícula, excepto aquellos que hayan cumplimentado la solicitud a través del trámite en línea con certificado digital adjuntando la documentación pertinente.
Matrícula
Una vez publicadas, el 10 de abril de 2025, las listas definitivas de admitidos y excluidos, los aspirantes admitidos que hayan cumplimentado la solicitud a través del trámite en línea con certificado digital adjuntando la documentación pertinente deberán comprobar en el centro examinador adjudicado si están relacionados en las listas provisionales de matriculados y excluidos que se publicarán el día 19 de mayo de 2025 y en las listas definitivas de matriculados y excluidos que se publicarán el día 27 de mayo de 2025.
Los demás aspirantes admitidos deberán formalizar la matrícula en el centro examinador adjudicado para realizar las pruebas, presentando la documentación que se establece en el resuelvo noveno de la resolución, en el plazo comprendido desde el 28 de abril de 2025 hasta el 12 de mayo de 2025, ambos incluidos, preferentemente en la Secretaría de dicho centro examinador adjudicado, solicitando, en su caso, cita previa. Dicha documentación también se podrá presentar a través de las vías previstas en la disposición adicional primera de la presente resolución.
Igualmente, los centros docentes examinadores podrán arbitrar un mecanismo para la entrega y recogida segura de documentos de forma telemática, a través del cual los interesados puedan formalizar la matrícula y presentar la documentación requerida, cumplimentada y debidamente firmada, por un medio electrónico seguro y efectivo.
Listas de matriculados y excluidos
A) Listas provisionales de matriculados y excluidos
El 19 de mayo de 2025 los directores de cada centro de educación de personas adultas que figuren en el anexo I de la resolución y que dispongan de aspirantes, publicarán en el tablón de anuncios del centro y en cualquier otro de los medios de los que disponga el centro para su difusión, las listas provisionales de matriculados y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En las listas provisionales de matriculados se indicará, además, el ámbito o los ámbitos de los que se solicita exención, así como la lengua extranjera elegida (inglés o francés) y si solicita adaptación para la realización de la prueba. Asimismo, y junto con las listas provisionales de matriculados y excluidos, publicarán por los mismos medios, las listas provisionales de exenciones de los ámbitos de las pruebas, utilizando el modelo recogido en el anexo IV de la resolución, surtiendo los efectos de comunicación a los aspirantes.
Alegaciones
Una vez publicadas las listas provisionales de matriculados y excluidos y las listas provisionales de exenciones de los ámbitos de las pruebas, los aspirantes podrán presentar las oportunas reclamaciones contra las mismas ante el director del centro, en el plazo comprendido desde el martes 20 de mayo hasta el jueves 22 de mayo de 2025, ambos inclusive, preferentemente, utilizando el modelo del Anexo X, en la secretaría de dicho centro. Dichas
reclamaciones se podrán presentar también a través de las vías previstas en la disposición adicional primera de la presente resolución
B) Listas definitivas de matriculados y excluidos
Una vez resueltas las reclamaciones, el 27 de mayo de 2025, los directores de cada centro de educación de personas adultas publicarán en el tablón de anuncios del centro y en cualquier otro de los medios de los que disponga el centro para su difusión, las listas definitivas de matriculados admitidos y excluidos y las listas definitivas de exenciones de los ámbitos.
Fechas y lugar de celebración de las pruebas
La realización de las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria tendrá lugar el sábado 31 de mayo de 2025 para la primera convocatoria, y el sábado 6 de septiembre de 2025 para la segunda convocatoria, en los centros educativos donde los aspirantes han sido admitidos con carácter definitivo a los que hace referencia el anexo I de la presente resolución.
Pago de la tasa
Si no está exento del pago de la tasa, el solicitante debe abonar este importe dentro del periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 31 de marzo de 2025, ambos inclusive.
La tasa podrá ser bonificada en los siguientes supuestos:
Estarán exentos del abono de la tasa, los aspirantes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
Personas mayores de dieciocho años o que cumplan esta edad en el año natural en el que realizan las pruebas y que no sean alumnos de Educación Secundaria Obligatoria en régimen ordinario, ni de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en régimen presencial o a distancia.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
Los solicitantes admitidos deberán acudir a la realización de las pruebas provistos del documento nacional de identidad (DNI), número de identificación de extranjero (NIE), pasaporte u otro documento oficial en vigor que acredite suficientemente la identidad del aspirante y su fecha de nacimiento.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada |