Censo de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud (código 671) (SIA 206847)

Información Básica

Objeto:

El Censo tendrá carácter voluntario y será público respecto de todas las inscripciones que deban constar en el mismo.

Podrán inscribirse en el Censo todas las Entidades Juveniles y Entidades Prestadoras de servicios a la Juventud inscritas en el registro pertinente, y que tengan domicilio social o sede local en la Región de Murcia, así como aquéllas asentadas fuera del territorio y que cuenten al menos con un 70% de miembros que tengan la condición de murcianos. También podrán ser inscritos los grupos de jóvenes.

  • Inscripción en el Censo a Entidades Juveniles, Entidades Prestadoras de servicios a la juventud o grupos cuyo ámbito de actuación sea la Región de Murcia.
  • Modificación de la Inscripción.
  • Suspensión o disolución de la entidad.
  • Cancelación de la Inscripción.

Información de Interés

- La inscripción tiene carácter voluntario.

- Las ventajas de su inscripción permiten fomentar, desarrollar y apoyar eficazmente las actividades programadas por las entidades juveniles.

- Ninguna Entidad o Grupo podrá ser subvencionado por la Dirección General de Juventud de no estar inscrito en el Censo.

- En la Carta de servicios de la Dirección General de JuventudAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
“1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios”.

Documentación obligatoria para la Inscripción, Modicificación, Disolución o Cancelación:

Para la Inscripción:

Las Entidades:

  • Acta Fundacional
  • Estatutos
  • Certificación extendida por la persona o cargo de la entidad con facultad para ello de acuerdo con sus estatutos, en la que consten: el número de afiliados o asociados, los órganos de gobierno y administración y su composición, el ámbito territorial de actuación de la entidad y la existencia, en su caso, de delegaciones o establecimientos de la misma, dominio o dirección de Internet que, en su caso, utilice.
  • Inscripción en el registro correspondiente según la naturaleza jurídica de la entidad.
  • CIF de la entidad.

Los grupos de jóvenes:  

  • Declaración responsable del representante o representantes del grupo en la que se haga constar los siguientes datos identificativos:     Denominación del grupo, domicilio, teléfono y correo electrónico.        Miembros componentes del grupo, con expresión de sus datos identificativos y edad, así como el cargo que ocupan dentro del mismo. Fecha en la que se formó el grupo. Fines que persigue el grupo. Tipo de actividades que realiza habitualmente. Destinatarios preferentes.

Para la Modificación de la Inscripción.

Cualquier cambio en los datos inscritos en el Censo deberá ser notificado, acompañando los documentos que así lo acrediten.

Para la Suspensión o disolución de las entidades

La suspensión o disolución de la entidad juvenil será comunicada al Censo en el plazo de quince días desde que la misma fuera efectiva, mediante certificación del representante de la entidad a la que se acompañarán los documentos que así lo acrediten.

Para la Cancelación de la inscripción

Se procederá la cancelación de la inscripción de la entidad censada  cuando la entidad lo solicite voluntariamente.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Entidades Juveniles.Entidades prestadoras de servicios a la Juventud.Grupos de jóvenes de 14 a 30 años.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Contínuo.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14036693)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Estar constituido como asociación juvenil.
  • Ser Entidad prestadora de servicios a la Juventud en el ámbito de la Región de Murcia.
  • Ser grupo de jóvenes de 14 a 30 años.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Censo de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud
  • Acreditación de la inscripción de la Entidad en el Registro legal correspondiente
    (No obligatorio / No original)
    Sólo las Entidades cuyo el domicilio social de la Entidad se encuentre fuera dela Región de Murcia. Documento a presentar sólo en el caso de la solicitud de Inscripción en el Censo.
  • Estatutos
    (No obligatorio / No original)
    Estatutos de la Entidad. Documento a presentar obligatoriamente en el caso de la solicitud de Inscripción en el Censo y en el caso de su Modificación.
  • Acta
    (No obligatorio / No original)
    Acta fundacional. Documento a presentar obligatoriamente en el caso de la solicitud de inscripción en el Censo y en el caso de su Modificación.
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Los grupos constituidos por jóvenes de 14 a 30 años, habrán de presentar declaración responsable en la que ha de constar:-Denominación, domicilio, teléfono y correo electrónico del mismo.-Miembros componentes del grupo con datos identificativos, edad y cargos que ocupan en el mismo.-Fecha de formación del grupo.-Fines que persigue.-Tipo de actividades que realiza y destinatarios preferentes.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    * Certificación extendida por persona o cargo de la Entidad con facultad, en laque consten:- El número de afiliados.- Los órganos de gobierno y administración y su composición.- El ámbito territorial de actuación de la Entidad y la existencia o no de delegaciones o establecimientos de la misma.Para Entidades cuyo el domicilio social de la Entidad se encuentre fuera de la Región de Murcia:* Certificación extendida por persona o cargo de la Entidad con facultad, en laque consten (un supuesto u otrso, según caso):-Sede social, con domicilio y municipio, así como de representante de la misma en la Región de Murcia, detallando los datos identificativos del mismo.-Numero de socios: la Entidad contará con un 70% de miembros asociados con la condición de murcianos. Documento a presentar obligatoriamente en el caso de la solicitud de inscripción en el Censo y en el caso de Modificación de alguno de los datos que aparecen en este documento.
  • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA
Información adicional sobre recursos
1º.- El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o directamente ante el competente para resolverlo.2º.- El plazo para la interposición del recurso será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer el recurso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, se produzcan los efectos del silencio administrativo.3º.- En el siguiente enlace encontrará información sobre el funcionamiento del recurso potestativo de alzada en la Administración Regional: https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1495&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia