Cubrir puestos de dirección en los Centros Integrados de Formación Profesional dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante el procedimiento de libre designación, con funcionarios públicos docentes más adecuados para el desarrollo de las funciones directivas.
Base 5.ª- Idoneidad de los solicitantes de los puestos de trabajo.
5.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, la idoneidad de los solicitantes para los puestos de dirección de los Centros Integrados de Formación Profesional convocados, será de libre apreciación por la Consejería proponente.
5.2. A estos efectos anteriores, por las Direcciones Generales competentes en materia de recursos humanos y formación profesional, se emitirán informes previos en relación con los candidatos que consideren más adecuados para los puestos de director.
Base 6.ª- Resolución del procedimiento.
6.1. La Consejería de Educación y Formación Profesional resolverá el procedimiento de libre designación convocado, proponiendo al candidato más idóneo en el plazo de 3 meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
6.2. La resolución se motivará con referencia al cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y a la competencia para efectuar el nombramiento, y será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
6.3. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 51.4 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, los funcionarios adscritos a puestos de trabajo por libre designación podrán ser removidos de los mismos con carácter discrecional.
Base 7.ª- Nombramiento, ceses y tomas de posesión
7.1. El nombramiento del director se realizará por el titular de la Consejería competente en materia de Educación, a propuesta del titular de la Consejería u organismo de la que depende el centro.
7.2. De conformidad con lo establecido en el artículo
7.3 del Reglamento Orgánico de los Centros Integrados de Formación Profesional dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el nombramiento de director se realizará por un período de cuatro años, sin perjuicio de su renovación, mediante el mismo procedimiento.
7.4. En relación con los ceses y tomas de posesión derivados de la presente convocatoria se estará a lo establecido en el artículo 16 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia.
Funcionarios públicos docentes.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Base 2.ª- Requisitos de los participantes.
2.1.- Podrán participar en este procedimiento quienes, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos siguientes, requisitos que deberán mantenerse en el momento de la toma de posesión del puesto:
2.1.1. Tener una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.
2.1.2. Pertenecer a alguno de los cuerpos docentes siguientes: - Catedráticos de Enseñanza Secundaria. - Profesores de Enseñanza Secundaria. - Profesores Técnicos de Formación Profesional.
2.2. Los funcionarios docentes en la situación de excedencia voluntaria establecida en el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, podrán participar en la presente convocatoria. No obstante lo anterior, aquellos funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria por interés particular podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No podrán participar los suspensos firmes de funciones mientras dure el período de suspensión, ni aquellos que hayan sido sancionados por falta grave en los últimos tres años.
2.3. Los participantes que no reúnan alguno de los requisitos establecidos para el desempeño de los puestos de dirección convocados, quedarán excluidos del mismo.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL RR.HH.PLANIF.EDUCAT.Y EVALUAC. |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |