Emisión de informe por la Junta Regional de Contratación Administrativa de la Región de Murcia. (código 4003) (SIA 2930199)

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Información Básica

Objeto:

Corresponde a la Junta Regional de Contratación Administrativa la función de informar sobre las cuestiones que le sometan  las Consejerías, Organismos Autónomos y de las Entidades de derecho público de ella dependientes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la legislación en materia de contratación administrativa. Actúa asimismo como órgano consultivo de las entidades locales de la Región de Murcia.

Este informe será preceptivo en todo caso en los supuestos contenidos en el artículo 2.1 del Decreto nº 175/2003, de 28 de noviembre, por el que se regula la Junta Regional de Contratación Administrativa de la Región de Murcia y se dictan normas en materia de clasificación de empresas, y en los supuestos que señale la legislación vigente en materia de contratación administrativa, en la que se contempla la de emitir informe preceptivo sobre la estructura de costes de determinados contratos en los que se prevé la revisión periódica y predeterminada de precios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.7 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española.

 

 

Información de Interés

1. ¿Sobre qué materias informa la Junta?

La Junta es competente para informar sobre cuestiones generales que, en la materia de contratación administrativa, le sometan las diferentes Consejerías, Organismos Autónomos y Entes Públicos dependientes de la Administración Regional, así como las Corporaciones Locales. 

Además la Junta debe de informar con carácter preceptivo:

a) Los proyectos normativos en materia de contratación administrativa.

b) La inclusión, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, de estipulaciones contrarias a las previstas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Asimismo, le corresponde informe preceptivo sobre la estructura de costes de determinados contratos en los que se prevé la revisión periódica y predeterminada de precios, de conformidad con el artículo 9.7, apartado d) del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, de fecha 21 de junio de 2022.

2. ¿Sobre qué materias no informa la Junta?

La Junta no informa sobre cuestiones concretas de los expedientes de contratación, cuya resolución corresponda al órgano de contratación. A tal efecto los mencionados órganos de contratación cuentan con las correspondientes unidades propias de asesoramiento jurídico.

3. ¿Quién puede solicitar un informe a la Junta?

Los Secretarios Generales de las diferentes Consejerías, el Interventor General, los Presidentes o Directores de los Organismos Autónomos o Entes Públicos dependientes de la Administración Regional y los Alcaldes-Presidentes de las Corporaciones Municipales. 

4. ¿Qué documentación debe acompañarse?

A la solicitud de informe deberán acompañarse todos los documentos y antecedentes que se precisen para su emisión y, en todo caso para los informes a evacuar sobre cuestiones generales en materia de contratación, se exige el informe previo de la unidad de asesoramiento de la Consejería o entidad solicitante.

5. ¿Cómo efectuar la presentación de la solicitud?

       5.a Solicitudes realizadas por entidades locales:

1.- Se realizará de forma TELEMÁTICA: //sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=11&IDTIPO=180

Para ello se precisa de un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

Listado de certificados actualmente admitidos: //sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=54820&IDTIPO=100&RASTRO=c$m40248

2.-. Además de cumplimentar la solicitud genérica, deberá anexarse el Anexo I. Solicitud.

Deberá ser rellenado por la persona representante de la entidad, a continuación se creará en pdf, para proceder a la firma electrónica.

El Código del procedimiento es el 4003.

      5.b Solicitudes realizadas por órganos pertenecientes a la Administración Regional.

Las solicitudes se realizaran a través de DELFOS conforme a las siguientes instrucciones.

6. Otras cuestiones

Estos informes se emitirán en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a la entrada de la petición, no tendrán carácter vinculante y se acompañarán de los documentos y antecedentes que se precisen para su emisión.

Los informes se trasladarán a los órganos solicitantes, por medio del presidente de la Junta, sin perjuicio de ponerlos en conocimiento del resto de los órganos de contratación, si se estima de interés.

El Presidente de la Junta podrá contar con los técnicos que estime necesario cuando la especialización del asunto así lo requiera.

Destinatarios:

Administración.

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPRESA (A14036679)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

-El procedimiento se regula por artículo 13 del citado Decreto regional.

-La emisión de informes se realizará a petición de los Secretarios Generales de las diferentes Consejerías, del Interventor General y, en su caso, y, en su caso, los Presidentes o Directores de los Entes Públicos u Organismos Autónomos dependientes de la Comunidad Autónoma.

Los Ayuntamientos de la Región de Murcia podrán solicitar informe por medio del Alcalde-Presidente de la corporación.

-A la petición del informe deberán acompañarse los documentos y antecedentes que se precisen para su emisión.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud Informe de la Junta Regional de Contratación Administrativa de la Región de Murcia por entidades locales.
  • Informe
    (Obligatorio / No original)
    Informe justificativo de la solicitud a la Junta. A la petición del informe deberán acompañarse los documentos y antecedentes que se precisen para su emisión.

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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