Ayuda a la presentación electrónica

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tiene a disposición de la ciudadanía y las empresas, para iniciar solicitudes y trámites electrónicos, la Sede Electrónica operativa las 24 horas del día, durante todos los días del año, exceptuando las interrupciones que sean necesarias por motivos técnicos.

En caso de indisponibilidad de esta Sede Electrónica el último día de plazo de presentación de una solicitud, puede presentar la misma en el Registro Electrónico Común de la Administración General del EstadoEste enlace se abrirá en ventana nueva, indicando en el asunto el código de procedimiento administrativo de la solicitud y seleccionando, como organismo destinatario, el centro directivo de la CARM que gestiona dicho procedimiento (artículo 16.4.a) de la ley 39/2015).

A continuación se describen las Fases para presentación de una solicitud electrónica:

1) Identificación de los interesados

  • Para presentar solicitudes electrónicas, los interesados han de disponer de un medio que verifique su identidad electrónicamente. Esta Sede Electrónica, además del certificado digital / DNI electrónico (ambos válidos para todas las solicitudes electrónicas), está incorporando progresivamente el uso de Cl@veEste enlace se abrirá en ventana nueva en la presentación de solicitudes electrónicas. En los procedimientos que observe el símbolo @ puede hacer uso de este sistema.
  • Cuando en un procedimiento observe el símbolo e, tenga en cuenta que dispone para su inicio de un Formulario específico, y es obligatorio su uso en esta Sede Electrónica de la CARM; recuerde que de no ser utilizado su solicitud será rechazada, circunstancia que se comunicará indicándole los medios de subsanación.
  • Recuerde que:
    • a) Si se identifica con Certificado Digital o DNIeEste enlace se abrirá en ventana nueva será necesaria la Instalación de AutoFirmaEste enlace se abrirá en ventana nueva si va a firmar la solicitud con Certificado Digital admitidoEste enlace se abrirá en ventana nueva.
    • b) Para acceder mediante cl@ve, ha de estar registrado previamente y disponer de Cl@ve ocasional (Cl@ve PIN o Cl@ve permanente)Este enlace se abrirá en ventana nueva:
      • Cl@ve ocasional (Cl@ve PIN): Sistema de clave de un solo uso recibida a través de un SMS o de la aplicación Cl@ve PIN para dispositivos móvilesEste enlace se abrirá en ventana nueva. Está orientado a usuarios que acceden esporádicamente a los servicios. Este PIN, se obtiene registro a través de Internet sin certificado electrónico y no permitirá acceder a determinados servicios ni utilizar Cl@ve Firma.
      • Cl@ve permanente: Sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo, pero no ilimitada, orientado a usuarios habituales. Se corresponde con el sistema de acceso mediante un código de usuario, DNI o NIE, y de una contraseña, reforzado con claves de un solo uso que se envían por SMS en el caso de servicios de administración electrónica que requieran un nivel de seguridad elevado.
        • Además de por Internet, puede registrarse acudiendo a una Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la CARM, habilitada para prestar el servicio, Buscador de oficinas habilitadas CARMEste enlace se abrirá en ventana nueva, o a las oficinas del resto de Administraciones que prestan servicio de Cl@ve en su localidad, Buscador oficinas alta Cl@veEste enlace se abrirá en ventana nueva. No olviden solicitar Citra Previa.

2) Cumplimentación de una solicitud

Antes de cumplimentar el formulario de solicitud, revise la información del procedimiento sobre el que desea presentar su solicitud en Registro y Guía de Procedimientos y serviciosEste enlace se abrirá en ventana nueva.

  • Rellene el formulario desde el apartado Presentación solicitudes, una vez que ha accedido al procedimiento.
  • Adjunte los documentos, si lo exige el procedimiento. En esta fase usted tiene que adjuntar los anexos que se indicará en el procedimiento para la correcta presentación de la solicitud de su trámite.
    • Los procedimientos en los que observe la @ puede anexar todos los documentos que se indica en la pestaña Documentación.
    • En los procedimientos en los que no observe la @ puede anexar máximo 5 documentos, no superando ninguno de ellos 5 MB y en su conjunto 10 MB.
    • Si necesita adjuntar más documentos de los permitidos o algunos de ellos ¿no marcados con la @¿ superan la capacidad máxima en MB de esa plataforma tendrá que desplegar el + de trámites del procedimiento. Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de registro de la solicitud de inicio o identificación del expediente sobre el que realiza el trámite, así como al procedimiento administrativo al que se refiera el trámite. El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

3) Firma

Firme su solicitud si así lo requiere el procedimiento concreto y se ha identificado con certificado digital o DNI electrónico. Puede encontrar ayuda en la lista de FAQs sobre Firma electrónicaEste enlace se abrirá en ventana nueva.

4) Pago

Si el trámite tiene asociada una tasa, se le mostrará una lista con las distintas formas de pago disponibles, también podrá acceder a la Pasarela de PagosEste enlace se abrirá en ventana nueva para el abono que corresponda con tarjeta bancaria.

5) Registro

Su solicitud será enviada automáticamente al Registro de Entrada de la Comunidad Autónoma.

6) Recibo

Al finalizar el registro, obtendrá el recibo de la solicitud que ha presentado, acreditando que dicha solicitud ha sido realizada correctamente, verá en la parte inferior del mismo el número de Registro de Entrada, así como la fecha y hora y un código de verificación.

Puede imprimir el recibo y guardarlo en su disco, aunque siempre lo tendrá disponible en su carpeta ciudadana en Consulta de solicitudes y trámites realizadosEste enlace se abrirá en ventana nueva.

En la parte inferior del documento puede observar el número de registro; este código identifica su solicitud de forma inequívoca ante la Administración de la Comunidad Autónoma.

FORMULARIOS IMPRIMIBLES PARA NO OBLIGADOS A PRESENTACIÓN ELECTRONICA

Algunos procedimientos disponen en la Sede Electrónica de Formularios de solicitud ¿imprimibles¿ para rellenar, guardar e imprimir. Téngase en cuenta que estos formularios, una vez cumplimentados, no tienen validez ante la Administración mientras no se registren; para ello deberán acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración RegionalEste enlace se abrirá en ventana nueva o a cualquiera de las Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015Este enlace se abrirá en ventana nueva.

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