Agentes económicos autorizados
1. La Dirección General de Industria Alimentaria y Asociacionismo Agrario, a petición de los agentes económicos que ofrezcan garantías suficientes de un porcentaje de conformidad constante y elevado de frutas y hortalizas frescas sujetas a normas de comercialización, podrá autorizarles a colocar en cada bulto que envíen, el adhesivo cuyo modelo figura en el Anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2023/20430 de la Comisión de 17 de agosto de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del consejo, en lo que se refiere a las normas de comercialización para el sector de la frutas y hortalizas, determinados productos procedentes de frutas y hortalizas transformadas y el sector de los plátanos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) 1666/1999 de la Comisión y los Reglamentos de Ejecución (UE) 543/2011 Y (UE) 1333/2011 de la Comisión.
2. La autorización se concederá por un periodo mínimo de un año y tiene una validez máxima de 3 años porrogrables, previa solicitud de renovación antes de la finalización del plazo de validez.
3. Los agentes económicos que se beneficien de esta posibilidad deberán:
a) contar con personas encargadas del control que tengan una formación homologada por los Estados miembros;
b) disponer de instalaciones adecuadas para la preparación y el envasado de los productos;
c) comprometerse a efectuar un control de conformidad de las mercancías que expidan y llevar un registro de todos los controles que efectúen.
4. Cuando un agente económico autorizado deje de cumplir los requisitos de la autorización, se la retirará la autorización.
PLAN DE AUTOCONTROL DE LA CALIDAD COMERCIAL (PACC) PARA LOS AGENTES ECONÓMICOS AUTORIZADOS: para aquellos agentes económicos del sector de frutas y hortalizas frescas que solicitan estar en la base de datos de agentes económicos autorizados para el uso de etiquetas en los bultos de expedición, tal y como viene regulado en el art. 12.3) del Reglamento (EU) 543/2011.
-Contenidos y especificaciones mínimas que debe reunir el PACC para la autorización del uso de etiquetas en bultos de expedición: uno de los requisitos imprescindibles que deben acreditar las empresas es la de disponer de un Plan de Autocontrol de la Calidad Comercial (PACC) implementado que debe contener los puntos y especificaciones que se indican en esta GUÍA PLAN DE AUTOCONTROL DE LA CALIDAD COMERCIAL
El Plan de Autocontrol de la Calidad Comercial (PACC), deberá aportarse junto a la solicitud de AGENTE ECONÓMICO AUTORIZADO (Reglamento de Ejecución nº 543/2011).
En función del lugar que ocupan en la cadena de comercialización tenemos:- confeccionador- importador- mayorista en destino- mayorista en origen- agente comercial con marca propia- agente comercial sin marca propia
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)
Las Centrales de Manipulación de Frutas y Hortalizas frescas han de estar inscritas en el Registro de Industrias Agrarias (Anexo I Registro Establecimientos Industriales, CNAE-2009 01.63.10).
A partir de la inscripción, los operadores deberán presentar en SOIVRE la declaraciones siguientes:
Los agentes económicos estarán obligados a proporcionar los datos que los Estados miembros consideren necesarios para la creación y actualización de la base de datos y para la organización y realización de los controles de conformidad.
El incumplimiento de la normativa de control puede ser causa de sanción así como de retirada de la autorización.
Obligaciones:
Los agentes económicos autorizados están obligados a comunicar cualquier cambio en los datos que sobre su entidad figuren en la resolución de autorización inicial o de renovación, mediante la presentación ante el registro de los correspondientes documentos justificativos.
Cualquier cambio producido en los requisitos exigidos para la concesión de la autorización durante el periodo de vigencia inicial o de renovación, deberá ser notificado a la autoridad competente, quien podrá adoptar las medidas oportunas, de acuerdo con la normativa vigente, a fin de garantizar, en todo momento, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la autorización.
En caso de cese de la actividad, el titular de la autorización deberá ponerlo en conocimiento de la autoridad competente en el plazo máximo de tres meses, a efectos de la cancelación de la correspondiente autorización.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |