Proveer a los centros del equipamiento didáctico y de los medios técnicos precisos que aseguren el seguimiento y la participación en todas las actividades escolares, de los alumnos con necesidades educativas especiales, en particular, de aquellos con discapacidades de comunicación y lenguaje, motoras y visuales.
Enlace:
Necesidades Educativas Especiales
1.- Informe Equipos.
Los Equipos Específicos de Deficiencia Motora, Deficiencia Visual y Deficiencia Auditiva, según proceda, emitirán Informe, en el que se determine la ayuda individual o el equipamiento necesario. (Anexo III)
2.- Situaciones posibles y actuaciones a realizar:
A. El material que se solicita existe en stock y se encuentra disponible para su utilización.
a) El Servicio de Atención a la Diversidad, corroborará la existencia y disponibilidad del material.
b) Se remitirá Autorización de traslado de ayudas técnicas, firmada por el Jefe de Servicio de Atención a la Diversidad, al centro docente depositario del material. ( Anexo IV ).
c) El centro docente solicitante de material, firmará el documento y retirará el material ( Anexo IV ), quedando una copia en el centro propietario de dicho material y remitiendo otra al Servicio de Atención a la Diversidad.
d) Se anotará en el inventario interno al Servicio, el movimiento efectuado.
e) Una vez acabada la necesidad, se procederá a devolver el material, tras cumplimentar el Anexo V, se remitirá copia al Servicio de Atención a la Diversidad, que asentará el movimiento en su base de datos.
f) En caso de deterioro irreparable del material y sin perjuicio de lo que proceda en orden a su baja en inventario, se pondrá en conocimiento del Servicio de Atención a la Diversidad.
B. El material que se solicita, supone una nueva adquisición.
Si existe crédito suficiente y adecuado, se procederá a su adquisición.
3. Procedimiento de traslado de material, en caso de que el alumno se traslade de centro.
En el supuesto de que el alumno cambie de centro escolar, los equipamientos adaptados y las ayudas técnicas individuales, de ser necesario, acompañarán al alumno.
Los centros docentes públicos.
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14046232)
Los equipamientos adaptados y las ayudas técnicas individuales estarán destinadas a compensar las necesidades educativas especiales que presenten los alumnos en el proceso educativo. A tal efecto, será imprescindible que el alumnado disponga de un informe psicopedagógico realizado por los servicios de orientación en los centros públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |