
Por tareas de mantenimiento y mejora de Portafirmas, el lunes 17/11/2025 de 15:00 a 18:00 horas, algunos servicios de la CARM pueden no estar disponibles.

Por tareas de mantenimiento y mejora de Cajamar, entre las 23:00 del sábado 15/11/2025 y las 7:00 horas del domingo 16/11/2025, el servicio de Pasarela de Pagos de la CARM puede no estar disponible.

Por cambios en el sistema informático se comunica que, el lunes 17 de noviembre entre las 15:00 y las 20:00 horas, no estará disponible la presentación de solicitudes ni trámites electrónicos para los procedimientos de las siguientes Unidades Gestoras:
- Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Dirección General de Consumo
- Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales
Sentimos las molestias ocasionadas.
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades locales, destinadas a la ejecución de proyectos de construcción de instalaciones para puntos limpios (ecoparques).
La presente convocatoria se encuadra dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar la implantación y mantenimiento de sistemas de recogida separada de las diferentes fracciones de residuos municipales, para contribuir a alcanzar una gestión más sostenible y un ahorro de recursos naturales, y a su vez dar cumplimiento a los objetivos establecidos por la normativa vigente.
Serán subvencionables los proyectos de construcción de instalaciones para puntos limpios (ecoparques).
Los proyectos presentados para la concesión de ayudas deberán incluir una descripción detallada y el alcance del proyecto, indicando como mínimo:
Únicamente serán subvencionables los conceptos recogidos en el Anexo III de la orden de bases reguladoras que cumplan los requisitos técnicos indicados en el mismo.
El presupuesto subvencionable en inversión material se calculará sumando el coste de todos los conceptos subvencionables establecidos en el presupuesto del proyecto, impuestos no incluidos, por lo se debe desglosar el IVA correspondiente.
No serán subvencionables alquileres ni el pago de servicios a terceros, ningún otro gasto de gestión, explotación o mantenimiento, ni impuestos, tasas o tributos relacionados con la actividad subvencionada. En caso de que el proyecto afecte a flujos de residuos cubiertos por la responsabilidad ampliada del productor, no será financiable la parte atribuible a la responsabilidad ampliada del productor.
Municipios u otras entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación.
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Los beneficiarios de estas líneas de financiación podrán ser los municipios u otras entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación. Dado que los beneficiarios pertenecen al Sector Público, las ayudas previstas en estas bases reguladoras no tienen la consideración de ayudas de Estado.
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias reguladas en el artículo 13 de la Ley 38 /2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones reguladas en la presente orden aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado; se entenderá que se hallan al corriente de dichas obligaciones en los términos recogidos en el art. 18 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) No hallarse al corriente de deudas tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma; se entenderá que no se hallan al corriente cuando dichas deudas estén en periodo ejecutivo de pago salvo que estén suspendidas o garantizadas. Se entenderán exceptuadas de la obligación de acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquéllas.
c) No hallarse al corriente de obligaciones con la Seguridad Social; se considerará que los beneficiarios se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando las deudas estén aplazadas, regularizadas por medio de convenio concursal o acuerdo singular, en moratoria o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas.
d) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, se considerará que se encuentra al corriente cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
e) No hallarse al corriente de reembolso de pago de las obligaciones de reembolso de cualquier préstamo o anticipo concedido con cargo a créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos en los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con lo establecido con el artículo 61.3 del Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las demás circunstancias previstas en las normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea que se indican en el artículo 3 de la orden de bases reguladoras.
La acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado, con la seguridad social y obligaciones por reintegro de subvenciones se realizará mediante declaración responsable del órgano competente de la entidad local solicitante.
La acreditación de las obligaciones por reembolso de anticipos o préstamos concedidos con cargo a créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos en los Presupuestos Generales del Estado se realizará por certificación del órgano competente de la entidad local solicitante.
La acreditación del resto de circunstancias exigidas para obtener la condición de beneficiario, se realizará mediante la presentación de la documentación indicada en la correspondiente convocatoria, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa aplicable a la materia.
Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en particular, con las establecidas en la presente orden y en la resolución de concesión de la ayuda.
Así mismo, los beneficiarios están obligados a:
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Trámite para presentar la documentación necesaria que justifique la subvención recibida.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Avocación por el titular de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Potestativo de reposición | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |

