Este procedimiento tiene por objeto la autorización de aulas de acogida en centros docentes destinadas a la adquisición de competencias lingüísticas del alumnado extranjero con desconocimiento del español.
Podrán acceder a las Aulas de Acogida los alumnos extranjeros con desconocimiento del español escolarizados en los dos últimos ciclos de Educación Primaria, o en Educación Secundaria Obligatoria.
Para la determinación del alumnado destinatario y su inclusión en esta medida organizativa se tendrá en cuenta:
Las Aulas de Acogida estarán organizadas en tres niveles de adscripción según la competencia lingüística, los cuales tienen como objetivo:
La dirección del centro docente cuyo alumnado se encuentre dentro del ámbito de aplicación de esta Orden deberá presentar, antes del 30 de septiembre del curso escolar correspondiente, escrito de solicitud de autorización para implantar un aula de acogida de acuerdo al Anexo I, adjuntando a la misma el expediente generado confome se indica en el artículo 7 de la misma.
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14046232)
Centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia que impartan Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria en los que exista un mínimo de diez alumnos extranjero con desconocimiento del español en el centro.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | DIRECTOR/A GENERAL F.P.,ENSEÑ.REG.ESP. Y EDUC.PER |